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Abogado Desahucio Express en Caso – Asturias


Abogados Desahucio Express – abogados expertos en procedimientos de desahucio en Caso – Asturias


También Desahucio Express contra okupas (ocupantes) en

Caso.


Iniciamos procedimiento de desahucio contra inquilinos u ocupantes de su inmueble, con máxima rápidez y profesionalidad.


Se solicita el lanzamiento (desalojo) del inquilino con la presentación de la demanda de desahucio, y el Juzgado emite decreto con el desalojo en un plazo de 10 días, para que el inquilino abandone el inmueble.


Puede iniciar el procedimiento y solicitar el desalojo (lanzamiento), y reclamación de deuda pendiente (mediante demanda ejecutiva). O si lo prefiere, solo el desalojo del inmueble.


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Iniciamos el procedimiento de desahucio contra el inquilino por impago de rentas, suministros u otros motivos previstos en la LAU. Nuestro desahucio express tiene un plazo de lanzamiento del inquilino de unos 4 meses, por tanto, en unos 4 meses tendrá su vivienda libre y a su disposición.


La ley de arrendamientos urbanos (LAU), contempla diversos motivos para poder desalojar al inquilino. Siendo el más frecuente el desahucio por impago de rentas de alquiler o desahucio express.


También es posible desalojar a okupas. El proceso de desahucio express frente a okupas se creó como novedad en 2018. Antes de esa fecha había que recurrir al proceso de desahucio por precario.


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1.¿Funciona esto del Desahucio Express? ¿Podré desalojar al inquilino moroso?


Esta es sin duda, una de las primeras preguntas que usted se estará haciendo, y la respuesta es afirmativa, si, el desahucio express funciona, y se consigue desalojar al inquilino moroso en el 100 % de los casos. En IPLlegal.com somos abogados especialistas en desahucio express en Caso, abogados especialistas en conseguir el desalojo del inquilino moroso en el menor tiempo posible. Los plazos judiciales han mejorado considerablemente en los últimos años, el proceso de desahucio express frente a inquilinos se actualizó en el año 2015, y se hizo más efectivo y rápido. Hasta entonces se aplicaba un proceso de desahucio más lento. Es el procedimiento de desahucio más rápido para desalojar viviendas y locales comerciales. Se utiliza para desalojar tanto inquilinos que no pagan, como para desalojar okupas (ocupantes ilegales del inmueble). Es el mecanismo legal más ágil para este fin, ya que se tramita por la vía del juicio verbal en lugar del juicio ordinario, y esto hace que el procedimiento se agilice bastante, aunque un abogado especilialista en procedimientos de desahucio tiene varios trucos que acortan los plazos, y que afectan a la notificación al inquilino y al apoderamiento en favor del procurador.


2.¿Que consigue el procedimiento de desahucio express?


Con el procedimiento de desahucio express, se intenta, lo siguiente: 

  1. Acortar los plazos que debe esperar el propietario o arredador, para poder recuperar el inmueble o local, consiguiendo que el inquilino moroso u ocupante (okupa), ceda la posesión del inmueble.
  2. Se consigue cobrar la deuda en un plazo menor, con el inicio de la demanda ejecutiva, y ordenando el embargo de bienes, nómina o cuentas bancarias, o percepciones dinerarias de cualquier tipo.

El principal avance con el desahucio express, es que se agilizan los plazos, tanto para tomar posesión del inmueble u local, como para recuperar la deuda contractual que se le adeuda al propietario.


Es necesario enviar un BUROFAX (tradicional) o EMAIL CERTIFICADO o BUROSMS  o incluso un BURO WHATSAPP (con plena validez legal).

Nosotros nos encargamos de ello.


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3.¿Como iniciar su procedimiento con nosotros? 


Lo primero que debe realizar es contactar con nosotros a través de la sección SOLICITAR ABOGADO de nuestra web. le contactaremos en menos de 24 horas, y para ello puede enviarnos un whatsapp, llamar por teléfono o rellenar el formulario, donde solo tendrá que rellenar lo indispensable. Le contestaremos, a la mayor brevedad posible, donde le enviaremos un presupuesto, con las siguientes opciones: 

1.Iniciar el procedimiento de desahucio, hasta que consigamos que el inquilino abandone la vivienda, pero sin iniciar el procedimiento de demanda ejecutiva para cobrar la deuda pendiente o

o

2.Iniciar el procedimiento de desahucio, hasta el desalojo del inquilino, y con el posterior inicio del segundo procedimiento de demanda ejecutiva, el cual es indispensable para asegurarse que no prescriba su derecho de cobro de la deuda pendiente, y donde se solicita el embargo de cuentas bancarias, nóminas, bienes, como podría ser un vehículo, etc …


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4.¿Y como es el procedimiento de desahucio?


Es importante tener claro varios aspectos u opciones antes de iniciar el procedimiento:

Primera: Queremos que el inquilino pague la deuda, y no nos importaría se quede en la vivienda, siempre y cuando siga pagando la mensualidad.

Segunda: Queremos que el inquilino se vaya del inmueble, pague o no la deuda. 

Tercera: Queremos que el inquilino desaloje el inmueble y pague la deuda.

Si queremos que el inquilino pague la deuda y que se quede en el inmueble, no es necesario enviar el requerimiento, ya que así le permitimos parar el procedimiento con el pago de la deuda, y se quedará en el inmueble, esta es la mejor estrategía si queremos tener el objetivo de la OPCIÓN PRIMERA.

Si lo que buscamos es que el inquilino desaloje el inmueble, si o si, lo principal es enviarle un BUROFAX, BUROSMS o incluso un BURO Whatsapp (el cual tiene total validez legal), dandole 30 días de plazo para pagar, que es lo que marca la ley para evitar que el inquilino enerve la acción de desahucio (enervar la acción de desahucio es pagar la deuda y evitar el desahucio), por ello es importante enviar esta comunicación por cualquiera de los metodos indicados (BUROFAX, BUROSMS o incluso un BURO Whatsapp), si no abona la deuda en los 30 días (con la dificultad economica que tiene), ya no podrá parar el procedimiento de desahucio. Por tanto, si lo que queremos es que el inquilino se vaya, como OPCIÓN SEGUNDA, tenemos que enviar este requerimiento.

Si lo que queremos es que el inquilino desaloje el inmueble y pague la deuda, la mejor estrategia es enviarle un BUROFAX, BUROSMS o incluso un BURO Whatsapp (el cual tiene total validez legal), dandole 30 días de plazo para pagar, no pagará previsiblemente, y posteriormente, una vez se consiga el desalojo de la vivienda, iniciar demanda ejecutiva, donde se obligará al pago con el embargo de bienes. esta e sla mejor estrategia si tenemos como objetivo la OPCIÓN TERCERA.

En IPLlegal.com somos abogados expertos en procedimientos de desahucio express en Caso, y sabemos como actuar y que pasos dar para conseguir sus objetivos de desalojo del inquilino moroso, junto con el cobro de la deuda pendiente. 

La documentación que le vamos a requerir es la siguiente: 

  • Contrato de Arrendamiento o Alquiler.
  • Escritura o nota simple del inmueble.
  • Facturas o recibos pendientes de pago de algún suministro (si lo hubiere).
  • Si usted ha enviado alguna comunicación al inquilino, como BUROFAX, nos lo envía. 

Si tiene firma digital, díganoslo y le diremos como debe proceder.

Una vez recibida su documentación, le contestaremos en breve, donde además, le enviaremos el contrato entre abogado-cliente.


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5.¿Y que precio tiene?


Tenemos 2 precios, en base a los 2 objetivos que tiene un cliente en este tipo de procedimientos de desahucio express:

Objetivo 1: queremos recuperar la posesión del inmueble, y cobrar la deuda es algo no tan importante. 

Precio: 550 euros. (precio para procedimiento no presencial).

Objetivo 2: Queremos recuperar el inmueble, y cobrar la deuda pendiente. Se trata de 2 procedimientos judiciales:

Demanda principal de desahucio: donde se consigue el desalojo del inmueble,

Demanda ejecutiva: Posteriormente se inicia el segundo procedimiento de demanda ejecutiva, donde se obligará al arrendatario a abonar la deuda con el requerimiento judicial de embargo de nómina, bienes, o cualquier importe que tenga en cuentas bancarias o devolución de IRPF o cualquier otra devolución administrativa que le corresponda.

Precio: 1.450 euros. (precio para procedimiento no presencial) – se puede abonar en plazos de 150 euros/mes.


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Hablamos en nuestro canal de youtube de los procedimientos de desahucio.



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6. ¿Son ciertas algunas cosas que cuentan sobre los procedimientos de desahucio? Lo detallamos …


Se cuentan ciertas cosas sobre los procedimientos de desahucio, que en gran medida no son correctas, o inexactas, lo explicamos en detalle a continuación:

  1. «No vas a poder echar en la vida al inquilino, si no paga»: Esto es falso, el 95 % de los procedimientos de desahucio se ganan, y se desaloja al inquilino por via judicial, incluso por la fuerza, si se opone al desalojo.
  2. «Si tiene hijos menores, no vas a poder echarlos»: Esto es falso, lo explicamos: Cuando se fija fecha de desalojo, y se presenta allí la comisión judicial, si existen menores, el Juez/a, suele dar 1 mes más de plazo para reubicar a esta familia, pero finalmente, se produce el desalojo, donde en última instancia serán los servicios sociales quienes se harán cargo de la situación de los menores. 
  3. «Si se le acaba el contrato, pasan a ser okupas y no los podrás desalojar en la vida.»: Esto es falso, por el hecho de finalizar el contrato unos inquilinos no pasan a ser okupas, estos inquilinos siguen como arrendatarios, pero con el contrato finalizado, por tanto, el procedimiento para el desalojo es el ordinario de juicio verbal en procedimiento de desahucio. 
  4. «Es mejor tener un seguro de impago, antes de alquilar un inmueble»: Esto es falso, el seguro de impago puede tener un coste mensual elevado, que al final de año resulta mucho más caro que contratar a un abogado para desalojarlos. Además, la deuda se acaba cobrando en un porcentaje elevado de los casos, siendo el seguro de alquiler un servicio caro, poco rentable para el propietario y prescindible. además de que el porcentaje de impagos en los alquileres no es lo suficientemente alto como para contratar un seguro de impago.
  5. «El inquilino no me paga porque no me he echo cargo de reparar algunos desperfectos o electrodomesticos del inmueble»: No es justificación el impago del alquiler en base a que el propietario no se haga cargo de ciertos desperfectos o remplazo de electrodomésticos, ningún Juez/a va a tener en consideración como justificación para el impago esto.

7. ¿Quiero acabar con esta situación, es conveniente dejar de pagar los suministros?


Pues no, rotundamente no. Dejar de abonar por parte del propietario los suministros, puede ocasionar que por parte del inquilino nos interponga una denuncia (por vía penal) de coacciones, esto provocará que nuestro procedimiento de desahucio, que va por vía civil, sea paralizado durante meses, ya que la vía penal prevalece sobre la vía civil. Totalmente desaconsejado dejar de pagar los suminisitros para provocar el desalojo del inmueble.


8. ¿Y contratar un contratar un servicio de desokupa?


No, nunca contratar este tipo de servicios. En primer lugar porque practican acciones ilegales, y estas acciones ilegales, provocarán que por parte del inquilino pueda iniciar una querella por coacciones, por vía penal, lo que en base a la prevalencia de la vía penal, sobre la vía civil, provocará la paralización de nuestro desahucio (por vía civil). Además, este tipo de servicios ilegales, son carísimos, en torno a mas de 3.000 euros.


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Le atendemos  en toda España.


Es posible recuperar su vivienda en 4 meses, y cobrar la deuda pendiente, póngase en manos de un despacho de abogados experto en procedimientos de desahucio express desde el año 2010.


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